lunes, 7 de noviembre de 2016

¿Qué es el impuesto de alcabala?

¿Has escuchado alguna vez sobre el Impuesto de Alcabala? ¿En qué consiste? Y ¿Por qué es tan importante al adquirir un inmueble? En este post te responderemos las dudas que tengas acerca de cómo se obtiene y porqué es una obligación al adquirir una vivienda.



El Impuesto de Alcabala refleja en cierto modo una capacidad contributiva de parte del adquirente o comprador del bien inmueble, motivo por el cual el legislador decidió afectar al comprador y no al vendedor del bien inmueble que es transferido.

 ¿Dónde se realiza el pago del impuesto de Alcabala?


Si adquiere un inmueble ubicado en Lima, tendrás que efectuar el pago del Impuesto de Alcabala en el SAT (Servicio de Administración Tributaria de Lima). Puedes realizar el pago en notarías afiliadas al SAT. Puedes ver las oficinas oficialas AQUÍ Asimismo puede pagarlo en las agencias o notarias correspondientes del SAT. Puede ver las notarías afiliadas AQUÍ



Ten presente que los Notarios y Registradores Públicos te solicitarán la liquidación del Impuesto de Alcabala o en todo caso te solicitarán la constancia de no pago como requisito indispensable para formalizar la transferencia.

¿Quiénes deben pagar este impuesto?


El que pagará un impuesto de alcabala es aquel que adquirirá o comprará una vivienda.

¿Cuándo debe pagarse?


La base imponible del impuesto es el valor de transferencia, el cual no podrá ser menor al valor de auto avalúo del inmueble correspondiente al ejercicio en que se produce la transferencia, ajustado por el Índice de Precios al por Mayor (IPM) para Lima Metropolitana. A la referida base se aplicará la tasa del impuesto del 3%. No está afecto al Impuesto de Alcabala, el tramo comprendido por las primeras 10 un del valor del inmueble.


¿Hasta cuándo puede pagarse?


Puedes pagarlo hasta el último día hábil del mes siguiente de efectuada la transferencia. Si este pago no se cumple deberás pagar la mora correspondiente. Debes de realizar el pago al contado.

¿Cuáles son los requisitos esenciales para pagar un impuesto de alcabala?


-Presentar una copia simple del documento que acredite la transferencia de propiedad.



-Presentar una copia simple del autoavalúo del año en que se produjo la transferencia (aplica sólo para el caso de predios no ubicados en el Cercado de Lima, ni inscritos ante el SAT).
-Exhibir el documento de identidad de la persona que realiza el trámite.

-Si se trata de bienes futuros, debes de presentar una copia simple del documento que acredite le existencia del bien.

Alcabala en caso de la primera  venta realizada por el constructor


La primera venta de inmuebles que realizan las empresas constructoras no se encuentra afecta al impuesto, salvo en la parte correspondiente al valor del terreno (conforme se encuentra registrado en el autovalúo).



En este caso, se tiene que presentar además de los requisitos anteriores lo siguiente:


Si se trata de una empresa constructora


Se debe exhibir los documentos que acrediten que el transferente es una empresa constructora (Ej.: la ficha RUC de la empresa constructora o la escritura pública de constitución en donde se indique o se desprenda que se dedica a la actividad empresarial de construcción y/o venta de inmuebles).

En el caso de personas que no realicen actividad empresarial


Se debe de acreditar por lo menos 2 ventas en los últimos 12 meses (adicionales a la venta materia de liquidación). (Directiva Base Legal: Decreto Legislativo 972, Directiva SAT 001-006-00000012).


¿Cuáles son las obligaciones si es el adquiriente?


Para inmuebles ubicados en el Cercado de Lima, deberás presentar ante el SAT la Declaración Jurada de Inscripción del Impuesto Predial teniendo como plazo hasta el último día hábil del mes de febrero del año siguiente de efectuada la transferencia. También evitará la aplicación de una multa por la omisión a la presentación de la declaración jurada.



¿Cuáles son las obligaciones si es el transferente?


Si eres el vendedor deberás presentar la Declaración Jurada de Descargo del Impuesto Predial, teniendo como plazo hasta el último día hábil del mes siguiente de producida la transferencia, de no ser así se aplicará una multa.

También tendrás que realizar el pago total del Impuesto Predial incluido el de todo el año en el que se realizó la transferencia.



Conclusión


El impuesto de Alcabala es el tributo que se paga por las transferencias de inmuebles urbanos o rústicos. La transferencia puede darse mediante una venta, donde hay dinero de por medio o en forma de donación gratuita, cualquiera sea su forma o modalidad, inclusive las ventas con reserva de dominio.

Así que si estas a punto de adquirir un inmueble, ten en cuenta este impuesto para que evites las moras en tus días de pagos. Asimismo, están obligados al pago del impuesto a alcabala todo sujeto que tenga calidad de contribuyente, el comprador o adquiriente del inmueble.

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