Uno de los miedos más frecuentes entre los propietarios que desean
otorgar sus viviendas en arrendamiento ya sea de forma parcial o total, es la
falta de pago de las rentas pactadas entre él y su inquilino, asimismo los
adeudos que puede dejar el arrendatario al momento de desocupar el inmueble por
falta de pagos de los servicios básicos. Aquí encontrarás todo lo que necesitas
saber acerca de la “Garantía de Arrendamiento”.
Este documento también denominado
“Garantía de alquiler” o “Seguro
impago de alquiler de rentas” es aquel producto innovador que garantiza al
propietario del inmueble a rentar el
pago del arrendamiento aunque el inquilino deje de pagar.
Esta garantía de arrendamiento o
locación es un contrato por el cual el arrendador, se obliga a transferir
temporalmente el uso y goce de una vivienda o mueble al arrendatario, quien a
su vez tiene la obligación de pagar por el uso del mismo, un precio determinado
y pactado. Esta garantía tendrá diversas estipulaciones en cuanto al valor
inicial y naturaleza del inmueble.
Tiene que ver con el precio que
puede consistir en una suma de dinero pagada de una sola vez, o bien en una
cantidad periódica, que en este caso recibe el nombre de renta. Asimismo la
renta puede pagarse con cualquier otra cosa equivalente, con tal de que sea
cierta y determinada, por ejemplo, con los frutos que produce aquel inmueble
arrendado, que a su vez será fijada previamente por un especialista.
Características básicas de la "Garantía de alquiler"
-La fianza de arrendamiento cubre el riesgo en el pago de cánones dentro del período de vigencia del contrato de arrendamiento garantizado y la sustitución del depósito. La suma asegurada se disminuye a medida que los cánones sean cancelados por el arrendatario.
Como efecto de garantizar el pago de las pensiones de
renta, algunos arrendadores solicitan un contrato de arrendamiento, la cual
se contrata mediante una compañía afianzadora. Esta es una de las formas más
seguras de garantizar el pago de la renta puntualmente. Y es que, si existe un
incumplimiento del inquilino, la empresa afianzadora se pone en contacto con el
arrendador por el pago de la renta adeudada por su fiador, pero, este proceso
se encuentra cayendo en desuso debido a sus grandes tasas de costo, asimismo
como las limitaciones que presenta su cobertura.
Las garantías de alquiler respaldan el pago exclusivo de las rentas por
un periodos de duración igual que el contrato, sin embargo, esto no cubre el
pago de los servicios, ni de los meses en que el arrendador ocupa el inmueble
en forma posterior a concluido el contrato y mucho menos los honorarios de un
abogado, si se requiriese. Con el paso del tiempo este trámite se ha vuelto muy
tedioso y complicado.
Con la finalidad de garantizar
los servicios contratados en el inmueble rentado, los arrendadores solicitan un
depósito que equivale a uno o dos meses de renta, pero con este depósito suelen
cometerse dos errores muy frecuentes:
·
Falta de regulación del propio depósito en el
contrato de arrendamiento, o sea, no se especifica con claridad la finalidad
del depósito. Es muy importante definir cuanto tiempo el arrendador conservará
el depósito entregado. Lo común son 60 días naturales. En este tiempo el
propietario podrá verificar si existe alguna deuda pendiente por servicios
contratados en el inmueble.
·
El segundo error común en estos casos se produce
al momento que el arrendatario avisa al arrendador que desocupará el inmueble
rentado solicitando que el último mes o últimos dos meses de ocupación se
cubran con su depósito, en ocasiones es el propio arrendador quien lo propone
para evitar devolver el dinero al arrendatario cuando desocupe el inmueble,
esto presenta el problema que una vez concluido el alquiler y desocupado el
inmueble.
Otra forma de garantizar el arrendamiento de un inmueble,
es aquel que se encuentra ligada al
medio inmobiliario es que el arrendador solicite al arrendatario como condición
para darle el inmueble, la suscripción de pagarés en igual cantidad al número
de meses que se ocupará el inmueble, habitualmente se devuelve un pagare por
cada mes pagado de renta.
Conclusión
La garantía de arrendamiento es
aquella que cubre el riesgo de pago de alquiler dentro del periodo de vigencia
del contrato de arrendamiento y la situación del depósito. Pasada la vigencia
del contrato es necesario solicitar el inmueble para la salida del ex
arrendatario de dicha vivienda. Si se
desea seguir con los servicios se puede realizar un nuevo contrato y garantía de
alquiler estipulando los puntos específicos, asimismo aquellos que no se
consideraron en el primero.
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