lunes, 7 de noviembre de 2016

¿En qué consiste la garantía de arrendamiento?

Uno de los miedos más frecuentes entre los propietarios que desean otorgar sus viviendas en arrendamiento ya sea de forma parcial o total, es la falta de pago de las rentas pactadas entre él y su inquilino, asimismo los adeudos que puede dejar el arrendatario al momento de desocupar el inmueble por falta de pagos de los servicios básicos. Aquí encontrarás todo lo que necesitas saber acerca de la “Garantía de Arrendamiento”.



Este documento también denominado “Garantía de alquiler” o “Seguro impago de alquiler de rentas” es aquel producto innovador que garantiza al propietario del inmueble a rentar el pago del arrendamiento aunque el inquilino deje de pagar.

Esta garantía de arrendamiento o locación es un contrato por el cual el arrendador, se obliga a transferir temporalmente el uso y goce de una vivienda o mueble al arrendatario, quien a su vez tiene la obligación de pagar por el uso del mismo, un precio determinado y pactado. Esta garantía tendrá diversas estipulaciones en cuanto al valor inicial y naturaleza del inmueble.



Tiene que ver con el precio que puede consistir en una suma de dinero pagada de una sola vez, o bien en una cantidad periódica, que en este caso recibe el nombre de renta. Asimismo la renta puede pagarse con cualquier otra cosa equivalente, con tal de que sea cierta y determinada, por ejemplo, con los frutos que produce aquel inmueble arrendado, que a su vez será fijada previamente por un especialista.

Características básicas de la "Garantía de alquiler"


-Como todo contrato, el de Arrendamiento genera obligaciones y derechos para las partes contratantes, en este caso entre el arrendador y el arrendatario.

-La fianza de arrendamiento cubre el riesgo en el pago de cánones dentro del período de vigencia del contrato de arrendamiento garantizado y la sustitución del depósito. La suma asegurada se disminuye a medida que los cánones sean cancelados por el arrendatario.





Como efecto de garantizar el pago de las pensiones de renta, algunos arrendadores solicitan un contrato de arrendamiento, la cual se contrata mediante una compañía afianzadora. Esta es una de las formas más seguras de garantizar el pago de la renta puntualmente. Y es que, si existe un incumplimiento del inquilino, la empresa afianzadora se pone en contacto con el arrendador por el pago de la renta adeudada por su fiador, pero, este proceso se encuentra cayendo en desuso debido a sus grandes tasas de costo, asimismo como las limitaciones que presenta su cobertura.

Las garantías de alquiler respaldan el pago exclusivo de las rentas por un periodos de duración igual que el contrato, sin embargo, esto no cubre el pago de los servicios, ni de los meses en que el arrendador ocupa el inmueble en forma posterior a concluido el contrato y mucho menos los honorarios de un abogado, si se requiriese. Con el paso del tiempo este trámite se ha vuelto muy tedioso y complicado.



Con la finalidad de garantizar los servicios contratados en el inmueble rentado, los arrendadores solicitan un depósito que equivale a uno o dos meses de renta, pero con este depósito suelen cometerse dos errores muy frecuentes:

·         Falta de regulación del propio depósito en el contrato de arrendamiento, o sea, no se especifica con claridad la finalidad del depósito. Es muy importante definir cuanto tiempo el arrendador conservará el depósito entregado. Lo común son 60 días naturales. En este tiempo el propietario podrá verificar si existe alguna deuda pendiente por servicios contratados en el inmueble.



·         El segundo error común en estos casos se produce al momento que el arrendatario avisa al arrendador que desocupará el inmueble rentado solicitando que el último mes o últimos dos meses de ocupación se cubran con su depósito, en ocasiones es el propio arrendador quien lo propone para evitar devolver el dinero al arrendatario cuando desocupe el inmueble, esto presenta el problema que una vez concluido el alquiler y desocupado el inmueble.

Otra forma de garantizar el arrendamiento de un inmueble, es aquel que se encuentra  ligada al medio inmobiliario es que el arrendador solicite al arrendatario como condición para darle el inmueble, la suscripción de pagarés en igual cantidad al número de meses que se ocupará el inmueble, habitualmente se devuelve un pagare por cada mes pagado de renta.



Conclusión



La garantía de arrendamiento es aquella que cubre el riesgo de pago de alquiler dentro del periodo de vigencia del contrato de arrendamiento y la situación del depósito. Pasada la vigencia del contrato es necesario solicitar el inmueble para la salida del ex arrendatario de dicha vivienda.  Si se desea seguir con los servicios se puede realizar un nuevo contrato y garantía de alquiler estipulando los puntos específicos, asimismo aquellos que no se consideraron en el primero.

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