La estabilidad económica del país ha venido decreciendo en los últimos
años generando que se cree una amplia variedad de ofertas en el mercado
inmobiliario, con formas de pago y precios que resultan muy atractivos para los
interesados.
Toda esta situación ha originado
que las personas se creen expectativas sobre la anhelada casa propia, asimismo
los vendedores de dichos inmuebles han visto de este negocio una gran inversión
para otras prioridades.
Pero, para realizar este proceso
se debe tener en cuenta que la venta del inmueble no solo genera la obligación
del vendedor de transferir el bien y la del comprador de pagar el precio, sino
que este proceso también tiene obligaciones tributarias con el Estado que tanto
el vendedor como el comprador deben seguir al pie de la letra.
Vender una casa lleva vinculado
tanto gastos como impuestos que el
vendedor debe tener en cuenta a la hora de fiar el precio que desea obtener
por la vivienda y evitar desagradables sorpresas posteriores.
En este post te mostraremos
cuales son las obligaciones tributarias que debes seguir y cuál es el valor de
cada una de ellas para que el proceso de venta sea todo un éxito y no tengas
problemas futuros con el comprador ni con el Estado.
¿Qué trámites debo realizar para vender una vivienda?
Lo primero que se debe hacer es
revisar la situación legal del inmueble y si se encuentra actualizada la
documentación. Para ello, se necesita revisar la titularidad en los Registros
Públicos. Lo que se debe realizar a continuación es revisar dicha información
de la hoja resumen, predio urbano, el nombre de los propietarios y la
información de la dirección del inmueble que registra la partida, la cual debe
ser la misma que figura en la comuna.
Si existen diferencias, se deben
realizar los trámites para arreglarlas. Lo más importante de este proceso es
tener toda la documentación en regla o en camino a ello para poder iniciar la
venta de la vivienda en el mercado.
¿Qué gastos implica vender un inmueble?
Todo depende de los vacios
legales con que cuente la titularidad de la vivienda, si existen se deben
tramitar los documentos que faltasen (los precios son diversos). Por ejemplo, para
obtener el certificado registral inmobiliario se paga 61 soles. También se
deberá pagar el Impuesto Predial
correspondiente al año en curso y solicitar la constancia de no adeudos
municipales.
El impuesto de renta
Es el impuesto que especifica la
ganancia que se obtiene por la venta de la vivienda, es también conocida como “ganancias
del capital”, la cual viene a ser la diferencia entre el valor de adquisición
de la propiedad y el valor de venta.
Este impuesto le corresponde
pagar al vendedor. En algunos casos no es tan simple establecer el valor de
adquisición, como por ejemplo en la donación que es un acto gratuito.
En dichos casos se tomará como
referencia todo el valor precio de venta que no podrá ser menor al valor del
autovalúo para el impuesto predial fijado la Municipalidad.
Asimismo, debe considerarse, al
momento de hallar el valor de adquisición (costo computable), el reajuste por
los índices de corrección monetaria que establece el Ministerio de Economía y
Finanzas.
La alcabala
Este impuesto se paga al momento
de comprar el inmueble, ya sea una casa, departamento o terreno en general.
Corresponde al comprador pagar
este impuesto y la tasa es del 3% del precio de venta que no puede ser menor al
valor del autovalúo reajustado por el índice de precios al por mayor. Es
importante precisar que las primeras 10 UIT del precio están inafectas.
Actualmente, el valor de 1 UIT es de 3950 soles.
El impuesto predial
Este tributo es de periodicidad
anual, que grava el valor de los predios urbanos y sobre la base de su
autovalúo.
La obligación de pago de este impuesto
recae en la persona que haya sido propietaria al 1 de enero del año. En caso
haya una venta durante el periodo, el vendedor tiene la obligación cancelar
este tributo. Esto aplica para todos los propietarios sin excepción.
Los arbitrios
Son tasas que se pagan en las
municipalidades por los servicios públicos que prestan, como limpieza pública,
parques, jardines y serenazgo. El obligado es el propietario y paga según las
tasas fijadas por cada municipalidad distrital.
El valor se determina basado sobre
la declaración jurada de autoavalúo que presenta el contribuyente anualmente,
el último día hábil del mes de febrero. Los Arbitrios son de periodicidad
mensual y su recaudación es trimestral.
No basta solo con querer vender
un inmueble, sino se deben realizar todos estos procedimientos si realmente
quiere que la venta sea exitosa y que no exista ningún error futuro que pueda
perjudicarlo. Es recomendable tener un abogado que pueda asesorarlo durante
este proceso.
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